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  • Consulta : 135134
  • Autor : tehuana
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  • Autor
    Respuesta No: 251219

  • tehuana
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Respuesta a su  pregunta:  "... Es un solo delito  como se lo manifiesta el m.p. aun cuando la conducta del sujeto activo haya sido en diferentes tiempos.   No dude de la capacidad del M.P. ya que el como Institución ministerial y,  en cumplimiento al deber de objetividad vela por los derechos de las víctimas...".

     La penalidad que arriesga por este delito; es que se se aumentará en una mitad de su mínimo y su máximo.

    y además deberá ser suspendido de su cargo o  empleo por un  periodo de cinco años, esto por ser un servidor público al desempeñarse como profesor de una Institución Pública. 

    Busque la ayuda de un abogado de su total confianza para que coadyuve con el M.P.

    espero le sea útil esta respuesta.

    saludos.