- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 134980
- Autor : abogaditojose
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 601
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6890
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 251034
-
Fecha de respuesta: Martes 10 de Enero de 2012 22:57 2012-01-10 22:57 desde IP: 187.195.38.210
hola buenas noches, primero que nada debes contratar los servicios de un licenciado en derecho especializado en materia familiar o si ya cuentas con uno, acompañalo para que revisen ambos el expediente (y supervises su trabajo) y se den cuenta en que parte se quedo el juicio de divorcio, si el juez ya dicto sentencia definitiva, hay que promover que cause ejecutoria y en este mismo escrito solicita se de cumplimiento al punto resolutivo "X" donde ordena se gire el oficio al juez u oficial del registro civil para hacer la anotacion marginal a la acta de matrimonio, una vez que suceda lo anterior, en la sentencia definitiva dice el tiempo que deben esperar para contraer nuevo matrimonio que por lo regular es de un año, suerte que dios te bendiga
no puedes volver a contraer matrimonio, hasta que cauce ejecutoria la sentencia defeinitiva
-
Autor





