- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 134939
- Autor : abogaditojose
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 601
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6728
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 251005
-
Fecha de respuesta: Martes 10 de Enero de 2012 19:49 2012-01-10 19:49 desde IP: 189.232.116.116
hola buenas noches, toma en cuenta lo que dice el licenciado gaytan romero, es importante que cuentes con los servicios de un licenciado en derecho especializado en materia familiar, ademas por el momento tu hija esta protegida porque tiene tus apellidos, y este sujeto no tiene derecho a verla, ni siquiera a estar con ella, y si se la quiere llevar lo puedes denunciar penalemente por sustraccion de menor o secuestro, porque este sujeto no cuenta con documento fehaciente que acredite su relacion paterno-filial. Si este cuate te demanda el reconocimiento de paternidad (a traves de la prueba de ADN), tendra que pagar la prueba ademas de que no sale tan barata. Una vez que salga la sentencia definitiva y que cause ejecutoria, se ordenara se gire oficio al juez u oficial del registro civil para que se deseche el acta de tu hija con tus apellidos y se elabore el acta de nacimiento de tu hija con los apellidos de ambos. Una vez que salga el acta correcta tu tendras el derecho de demandarle pension alimenticia, es decir, las pensiones atrasadas y sobre todo tendra que garantizar por lo menos un año de pensión, es bien importante que conserves todos los recibos de pago de gastos de la menor, como son: de pañales, alumbramiento, leche, biberones, ropa, calzado, recetas medicas, concultas, etecetera, este señor espero que tenga conocimiento de donde se esta metiendo, suerte que dios te bendiga
-
Autor





