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  • Consulta : 134750
  • Autor : dorae
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  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Usted cuenta con el ahorro del Fondo de Retiro y el Fondo de la Vivienda, ambos integrados en el SAR (solamente debe verificar que su régimen pensionario esta bajo el precepto del Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE) , sin embargo, para estar en condiciones de reclamarlo debe cumplir con el requisito de pensionarse, jubilarse o en caso de encontrarse inactivo, a los 65 años de edad.