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AutorRespuesta No: 256733
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Marzo de 2012 20:49 2012-03-02 20:49 desde IP: 201.173.157.231
Usted cuenta con el ahorro del Fondo de Retiro y el Fondo de la Vivienda, ambos integrados en el SAR (solamente debe verificar que su régimen pensionario esta bajo el precepto del Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE) , sin embargo, para estar en condiciones de reclamarlo debe cumplir con el requisito de pensionarse, jubilarse o en caso de encontrarse inactivo, a los 65 años de edad.
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