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AutorRespuesta No: 250667
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Enero de 2012 21:15 2012-01-07 21:15 desde IP: 201.141.44.4
El primer requisito para demandar la usucapio es acreditar la calidad de dueño, Usted tiene la posesión en calidad de arrendatario, si se quiere quedar con la casa inicie por consignar las rentas ante el juzgado, localizar al dueño y ofrecer comprar la casa, si el dueño murió, debe localizar a los herederos o iniciar la suceción y una vez que se renozcan a los herederos legítimos, ofrecer comprles la casa.
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