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  • Consulta : 134598
  • Autor : wofito2088
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    Respuesta No: 250604

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En efecto si puede beneficiarse con la reforma a la ley del infonavit, unicamente hay que esperar a que se publique en el Diario Oficial de la Federación  para que se cumpla el proceso legislativo y la autoridad que en este caso es el infonavit inicie con el cumplimiento de ley. Así mismo el instituto emita los lineamientos  .