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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Enero de 2012 12:13 2012-01-07 12:13 desde IP: 189.152.54.34
En efecto si puede beneficiarse con la reforma a la ley del infonavit, unicamente hay que esperar a que se publique en el Diario Oficial de la Federación para que se cumpla el proceso legislativo y la autoridad que en este caso es el infonavit inicie con el cumplimiento de ley. Así mismo el instituto emita los lineamientos .
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