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  • Consulta : 134479
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 250453

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    se llama FIADOR... en materia civil es fiador... en materia  mercantil es aval... y se parecen... pero son cosas distintas... y no tienen  que ver...

    los pagares se han vuelto una opción dentro de los contratos de arrendamiento... pero no son garantia del pago y tampoco puede ser cobrados... ya que su origen es un acto a plazos que esta sujeto a una formula que no reconoce el derecho  mercantil...por tanto... si das... puedes dar recibos de papeleria... si das aviso a hacienda o no de tu entrada en rentas... eso no tiene que ver con el deudor arrenatario...

    debes pedirle... copias de sus crredenciales de ife... domicilio laboral de ambos... ultimo talon de ingresos a cada uno y copia del predial al fiador de un bien en el lugar del domicilio... ya que luego señalan bienes en otro estado y se enojan con los abogados porque ya se hacen con quitarles su casita o su local  de garantia...