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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Enero de 2012 17:54 2012-01-05 17:54 desde IP: 187.194.9.168
se llama FIADOR... en materia civil es fiador... en materia mercantil es aval... y se parecen... pero son cosas distintas... y no tienen que ver...
los pagares se han vuelto una opción dentro de los contratos de arrendamiento... pero no son garantia del pago y tampoco puede ser cobrados... ya que su origen es un acto a plazos que esta sujeto a una formula que no reconoce el derecho mercantil...por tanto... si das... puedes dar recibos de papeleria... si das aviso a hacienda o no de tu entrada en rentas... eso no tiene que ver con el deudor arrenatario...
debes pedirle... copias de sus crredenciales de ife... domicilio laboral de ambos... ultimo talon de ingresos a cada uno y copia del predial al fiador de un bien en el lugar del domicilio... ya que luego señalan bienes en otro estado y se enojan con los abogados porque ya se hacen con quitarles su casita o su local de garantia...
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