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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Enero de 2012 20:02 2012-01-04 20:02 desde IP: 187.149.98.140
MIentras el demandado tenga capacidad jurídica, legalmente es titular de derechos y obligaciones y por tanto puede comparacer a juicio, por propio derecho o mediante apoderado o representante legal por él designado.
A menos que se le reconozca médicamente como incapáz y se encuentre en estado de interdicción declarado por resolución judicial, en cuyo caso deberá ser representado por quién legalmente esté facultado para ello.
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