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AutorRespuesta No: 250711
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Enero de 2012 15:05 2012-01-08 15:05 desde IP: 189.136.90.100
falpuche:
La atención hacia su persona deviene del hecho de que en el pasado usted y yo tuvimos diferencias en las que demostré que usted carece de criterio jurídico, al grado tal que, como ya antes informé, clientes de usted me escribieron para quejarse de sus malos servicios pero excesivos cobros de honorarios.
Respecto a los conocimientos del derecho, de nueva cuenta hago notar que usted carece de ello, pues resulta que las reformas constitucionales en materia penal ya tienen más de doce años, y usted las está confundierndo con las reformas constitucionales en materia procesal penal que son del 2008, esta falta de entendimiento es demasiado común en personas jovenzuelas como usted, motivo por el cual le recomiendo que retome sus estudios desde la Introducción al estudio del derecho para que comience a entender la diferencia...
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