Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 133704
  • Autor : cerillo wmw
  • Consultas en Foro: 50
  • Respuestas en Foro: 2322
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6894
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 249351

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    HOLA

    CLARO QUE SI AMIGO .

    Convenio en el divorcio voluntario

    Artículo 4.102.-

    Los cónyuges pueden divorciarse voluntariamente ocurriendo al Juez competente,

    presentando un convenio en que se fijen los siguientes puntos:

    I. El domicilio que servirá de habitación a los cónyuges durante el procedimiento;

    II. La cantidad que por alimentos deba cubrir un cónyuge al otro durante el procedimiento, la forma

    de hacerlo y la garantía que debe darse para asegurarlos;