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  • Consulta : 133668
  • Autor : Lic. Jaime Alvarado
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  • Autor
    Respuesta No: 249342

  • Lic. Jaime Alvarado
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Lo importante es primero atender requerimiento del Fisco y ver porque, como, cuando y donde resulta la cifra por pagar, en la mayoria de los casos no tiene razòn el SAT y si la puede tener su contador asi que no lo responsabilice apriori, debe aportar mas datos para que se le pueda apoyar, una vez que termine de presentar recurso de revocaciòn, juicio de nulidad o incluso amparo, despues podra tomar una decisiòn mas acorde con su contador o sucontador respecto a usted, el cual, reitero no necesariamente tiene responsabilidad en esta diferencia.