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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Diciembre de 2011 18:58 2011-12-25 18:58 desde IP: 187.195.105.222
Desconozco en qué fundamento realice su aseveración el forista que me antecede, pero los defensores de Oficio tienen la obligación de asesorarte y patrocinarte en cualquier asunto judicial; ya no es optativo para ellos con la reforma de 2008 al artículo 17 constitucional.
Acude a los Tribunales más cercanos a tu localidad y pregunta por Defensoría de Oficio; si se niegan verbalmente, ingresa un escrito solicitando patrocinio para tu asunto (ojo: es importante que tenga el sello de recibido) y ante la falta de contestación o su negativa, promueves amparo y los obligas a que te tramiten tu asunto.
Te comento que para el caso en que no celebres contrato de prestación de servicios profesionales por escrito con el abogado, existe una ley que regula el pago de sus honorarios, que aunque en algunos Estados está desfasada, hay forma de hacerla cumplir y evitar un abuso hacia ustedes como herederos.
Saludos.
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