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AutorRespuesta No: 249151
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Diciembre de 2011 20:42 2011-12-23 20:42 desde IP: 189.215.54.206
CELYM:
La prueba de ADN es definitiva e inobjetable, dada la exactitud que con que el método de identificación de la huellka genética se logra.
Realmente si el padre de su hija ofrece testigos o no, me parece es intrascendente.
Sin embargo, la prueba pericial en materia de biología molecular o de análisis del ácido desoxirribonucleico tiene que ser correctamente ofrecida por Usted (o su abogado más bien) porque es posible que ante un ofrecimiento defectuoso el caballero pueda promover una demanda de amparo en contra del desahogo de la prueba y esta no llegue a realizarse nunca.
¿Porqué? La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dicho que si el padre se niega a realizarse la prueba, no hay forma alguna de obligado a hacérsela, pero el hijo gozará de la presunción de serlo, atento al principio de interés superior del menor.
Pero, si la prueba no es correctamente ofrecida, puede llegar a argumentar (el supuesto padre) que la forma en que la prueba se realizaría o su ofrecimiento violan sus derechos fundamentales previstos en la Constitución y en los tratados internacionales y, de entrada, un juez federal puede concederle que la prueba se suspenda y quizás, no llegue a realizarsde nunca.
Es largo de explicar, pero en principio, la Corte tiene el criterio de que contra la prueba de ADN se pued epromover un amparo indirecto ante juez de Distrito sin tener qué esperar a la sentencia. Y también hay criterios de los Tribunales Federales que dicen por ejemplo, que al ofrecerse la prueba tiene que especificarse cómo se hará, qué tejidos se tomarían de la persona, quién tomaría las muestras, a dónde se llevarán, por las manos de qué técnicos pasarán y varios requisitos más.
Yo ya he ganado varios amparos de este tipo y he evitado que se realicen pruebas de ADN con tales argumentos.
Saludos.
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