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  • Consulta : 133564
  • Autor : falpuche
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    Respuesta No: 248855

  • falpuche
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    Pareciera, por lo que usted narra, que el procedimiento en el cual le sucedió esto es un juicio penal del nuevo sistema penal oral acusatorio adversarial, el cual se viene implementando en el Estado de México desde agosto de 2010.

    En dicho sistema solo se levantan actuaciones escritas cuando son indispensables, pues todo se registra en vídeo, al cual desde luego usted tiene acceso en cualquier momento. Si tiene usted alguna duda sobre si se dictó o no ese acuerdo en la audiencia, acuda al administrador del juzgado de juicio penal oral para que le proporcione una copia del video en dvd. Tengo entendido que en el Estado de México, si la quiere simple, lleva usted el disco y ahí se lo graban y si lo quiere certificado, le entregan una copia del vídeo en un disco con la portada de autenticación del Poder Judicial del Estado de México.

    Y cuando dentro de una audiencia se cita a otra audiencia para otra fecha y hora, ya sea por el juez de control o el tribunal de juicio oral, la notificación surte efectos inmediatamente, sin necesidad de que se firme absolutamente nada. Desde ese momento todas las partes quedan notificadas legalmente (Fiscal, im pu ta do y defensor). No es el caso de los testigos a quienes se solicitó al tribunal citara directamente, que a estos sí se les manda una cita. Pero si usted o su defensor se comprometieron a presentarlos a declarar, era usted quien tenía la responsabilidad de llevarlos ante el juez a que rindieran su declaración.

    Quizás su abogado escuchó mal o no anotó debidamente en su agenda la audiencia. Para evitar lo anterior,  aquí en el estado de Yucatán, cuando se trata de juicios orales penales, tengo entendido que los defensores de oficio acostumbran darle a sus defendidos una "cita" o "nota" en el cual se anota el número del juicio, el tipo de diligencia, la fecha y la hora, porque los acuerdos de trámite en estos juicios se dictan en audiencia y es posible que en una distracción del abogado no escuche bien la fecha ni la hora.

    En el estado de México ya hay abogados muy capacitados en juicios penales orales, le aconsejo contratar a uno, porque los defensores de oficio y sin demeritar en forma alguna su trabajo, si bien fueron los primeros a los que se capacitó para estos juicios, pareciera que no han entendido a cabalidad el juicio oral, no emplean estrategias procesales de corto, mediano y largo plazo y se desgastan debatiendo inútilmente en las audiencias cuestiones no propias de las mismas.

    Pero, para bien o para mal, normalmente son los primeros en tener contacto con los asuntos cuando una persona detenida es llevada ante el juez de control para ratificar su detención, por ejemplo.

    Saludos.