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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Febrero de 2014 16:11 2014-02-21 16:11 desde IP: 201.141.230.208
Estimado amigo, espero que actualmente le sirva esta información, como bien ha abundado aquí otro de los foristas, no es lo mismo unión libre que concubinato, si los hijos han sido reconocidos por usted, entonces eso crea derechos de filiación ó parentesco y por lo tanto con relación a los bienes de cada uno de los concubinos, los hijos mayores de edad ya no reclaman pensión, la mujer al no estar sujeta a una relación de matrimonio no reclama pensión, el único que reclamaríapensión sería el menor de 18 años, la casa y todos los bienes están a nombre de la concubina pero es claro que si nunca ha trabajado de donde pudo haber obtenido esos bienes, le recomiendo consultar un abogado de su entidad para que le amplíe el panorama. Saludos
Lic. Riestra
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