Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 133313
  • Autor : LicVelazquez
  • Consultas en Foro: 6
  • Respuestas en Foro: 1006
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 248362

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El ajustador le dice lo que le conviene a la empresa aseguradora pues es obvio que sus honorarios por el dictámen los recibe de ésta.

    Usted no está obligado a aceptar el "ajuste" y puede en términos de la Ley aceptar un procedimiento conciliatorio y arbitral o bien demandar judicialmente en la vía ordinaria mercantil a la Compañía aseguradora, no tan solo por los daños físicos a su automóvil, sino por todo tipo de perjuicios o privaciones que le hubiese ocasionado el accidente, entre ellos los desplazamientos forzados en taxi o vehiculos rentados, etc, asi como cualquier tipo de daño moral.

    Consulte con un abogado de su confianza y juntos ponderen las razones de oportunidad, costo y beneficio de estas opciones.

    Saludos.