- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 133313
- Autor : LicVelazquez
- Consultas en Foro: 6
- Respuestas en Foro: 1006
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 248362
-
Fecha de respuesta: Lunes 19 de Diciembre de 2011 15:35 2011-12-19 15:35 desde IP: 187.158.153.146
El ajustador le dice lo que le conviene a la empresa aseguradora pues es obvio que sus honorarios por el dictámen los recibe de ésta.
Usted no está obligado a aceptar el "ajuste" y puede en términos de la Ley aceptar un procedimiento conciliatorio y arbitral o bien demandar judicialmente en la vía ordinaria mercantil a la Compañía aseguradora, no tan solo por los daños físicos a su automóvil, sino por todo tipo de perjuicios o privaciones que le hubiese ocasionado el accidente, entre ellos los desplazamientos forzados en taxi o vehiculos rentados, etc, asi como cualquier tipo de daño moral.
Consulte con un abogado de su confianza y juntos ponderen las razones de oportunidad, costo y beneficio de estas opciones.
Saludos.
-
Autor





