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Fecha de respuesta: Lunes 19 de Diciembre de 2011 15:51 2011-12-19 15:51 desde IP: 201.157.0.183
Tu hermano puede repudiar efectivamente ante el Juez o ante un fedatario publico a traves de un instrumento notarial que haga el fedatario publico (Notario); en este segundo caso solamente que no este en el lugar del juicio.
Saludos
Victor Hugo Miaz Serrano
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