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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Diciembre de 2011 17:26 2011-12-16 17:26 desde IP: 189.146.113.59
Lic. Rosen:
Reciba un cordial saludo de mi parte y tiene razón, efectivamente se puede realizar como lo comenta.
Sin embargo, si no existen personas con mejor derecho a heredar de los hermanos fallecidos, los propios coherederos podrían acceder a la parte alícuota que les correspondiera a éstos.
En tal sentido, sería ilógico que pretendan que el Sistema para el Desarrollo INtegral de la Familia del Estado quede como presunto heredero de dicha proporción, cuando ellos pueden acrecentar su parte en la herencia, al ser considerados herederos de los hermanos finados.
Pero siempre es válido tener más opciones y efectivamente el caso debe ser analizado por un especialista, revisando directamente el expediente y todos los pormenores del asunto.
Saludos.
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