- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 132940
- Autor : mascaranegra
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 1275
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6895
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 247941
-
Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Diciembre de 2011 17:46 2011-12-14 17:46 desde IP: 187.144.165.15
Los actos celebrados ante el DIF y que no fueron llevadoa a ratificar ante un juzgado, no tienen ningun valor, no pueden ser objeto de obligacion por incumplimiento; mientras de dinero, no tienes derecho a reclamar nada; y claro que puede demandar la convivencia y que los pqrientes, hermnos, tios, abuelos, puedan convivir con esos niños, y nada al contrario puedes reclamar.
-
Autor





