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  • Consulta : 132940
  • Autor : mascaranegra
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    Respuesta No: 247941

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Los actos celebrados ante el DIF y que  no fueron llevadoa a ratificar ante un juzgado, no tienen ningun valor, no pueden ser objeto de obligacion por incumplimiento; mientras de dinero, no tienes  derecho a reclamar nada; y claro que puede demandar la convivencia y que los pqrientes, hermnos, tios, abuelos, puedan convivir con esos niños, y nada al contrario puedes reclamar.