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AutorRespuesta No: 247644
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Fecha de respuesta: Viernes 09 de Diciembre de 2011 22:57 2011-12-09 22:57 desde IP: 201.141.79.166
La aquí famosa Jurisprudencia multicitada, señala que BASTA QUE SE ACREDITEn LOS INTERESES DESPROPORCIONADOS, PARA QUE OPERE LA PRESUNCIÖN, entonces para acreditarlo es necesario que se exhiba un pagaré con un interés moratorio mensual del 49%, así sí, ni hablar.
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