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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Diciembre de 2011 23:33 2011-12-08 23:33 desde IP: 201.141.28.38
Efectivamente hay una presunción de que el acreedor abusara de la extrema ignorancia, notoria inexperiencia y extrema miseria del deudor, pero en consecuencia se revierte la carga de la prueba y es el deudor quién tendrá que demostrar de forma expresa y no presuncional, de qué forma es extremadaente ignorante, notoriamente inexperto y además extremadamente miserable. En cátedra me enseñó mi maestro Gutiérrez y González que el "indio con calzón de manta" sabe perfectamente la temporada de lluvias y de secas, por lo que no es ignorante, que su cultura es milenaria y es extremadamente rico. El derecho no se aprende con un cd de ius, son muchos años de estudio.
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