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AutorRespuesta No: 247309
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Diciembre de 2011 02:45 2011-12-07 02:45 desde IP: 201.141.111.11
Todo muy bien, ¿pero en dónde se estableció el domicilio conyugal? Si se casó en el D.F., igual y quien abandonó el domicilo conyugal (si existe o existió) es Usted, y de ser así, el cónyuge culpable es Usted y quien tendrá que pagar las prestaciones como cónyuge culpable es Usted.
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