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  • Consulta : 132325
  • Autor : wofito2088
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  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En efecto la fracc xiii bis del apartado B DEL 123 Constitucional  solo se aplica a los trabajadores  de la administarción pública Federal que formen parte del sistema bancario, ejem, Banco de México, Nafinsa, etc.y estos ademas ejerceran sus condiciones generales de trabajo , registradas en el Tribunal Federal de Conciliacion Y Arbitraje competente para todos los trabajadores sujetos al apartado B.

    lL as Uniones de  Credito al ser S.A. DE CV,  son Instituciones privadas  aunque trabajen bajo permiso de Hacienda y con el visto bueno de la Comision Bancaria  al igual que los bancos, los trabajadores de estos se rigen por el apartado A , y algunos tienen firmado con su patron contrato colectivo de trabajo y desde luego registrado en la Junta Federal de Conciliacion Y Arbitraje. al igual que su reglamento interior. Esto es el caso suyo.