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  • Consulta : 132323
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 247247

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Independientemente de que adeude o no, es claro que aunque la escuela iniciara una acción, ésta está prescrita y deberá oponer la prescripción si lo llegaran a demandar. Sin embargo como lo que Usted busca es que lo dejen de molestar, debe demandar por la vía civil la acción de jactancia, que es aquella en la el Juez ordena a quién esté manifestándose como es su acreedor, que ejerza las acciones legales que dice tener , en un tiempo prudente o de lo contrario se abtenga de seguir cobrando.