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  • Consulta : 132285
  • Autor : hevaladezv
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  • Autor
    Respuesta No: 247207

  • hevaladezv
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes no informas tu lugar de residencia, dependiendo el codigo civil es lo que se puede lograr,

    Forman el patrimonio de la sociedad legal:

     

    1. Todos los bienes adquiridos por cualquiera de los cónyuges en el ejercicio de su profesión u oficio;

     

    1. Los bienes que provengan de herencia, legado o donación hechos a ambos cónyuges sin designación de parte. Si hubiere designación de partes y éstas fueren desiguales, sólo serán comunes los frutos de la herencia, legado o donación;

     

    1. El numerario extraído de la masa común para adquirir bienes por resolución de contrato u otro título que pertenezca por derecho propio a alguno de los cónyuges, anterior al matrimonio;

     

    1. El precio de las refacciones de crédito, y el de cualesquiera mejora y reparaciones hechas en fincas o créditos propios de cada uno de los cónyuges;

    este es un ejemplo del codigo de mi localidad entonces si te recomiendo asesoria legal de tu localidad para que puedan ayudarte, lamento no poder ayudarte pero los codigos tiene pequeñas variaciones y creo que con estos datos te peudes dar una imagen mas concreta y no dejes te intimiden un abogado que usa la intimidacion como medio de trabajo no debe llamarse abogado.