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Fecha de respuesta: Lunes 05 de Diciembre de 2011 12:26 2011-12-05 12:26 desde IP: 189.152.189.202
Si son mas de tres años desde que causo ejecutoria esa sentencia, y no la ejecutaron, ya "prescribio " el derecho de ejecucion de la misma. art. 1079 fr. IV del Codigo de Comercio con las reformas del 2003
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