- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 132122
- Autor : 098nairda
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 193
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6726
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 247053
-
Fecha de respuesta: Domingo 04 de Diciembre de 2011 19:29 2011-12-04 19:29 desde IP: 187.168.14.29
BUEN DÍA.
Para poder cesar la pensión alimentacia se debe justificar el motivo, es decir, demostrar con pruebas.
Para saber si es conveniente o no el recurrir la sentencia se necesita leer la sentencia y saber que es lo que argumento su abogado, si no se hace así entonces estaria hablando a sin conocer el asunto, por lo que comprenderá que por este medio ningún abogado le puede decir con certeza que es lo mejor para usted.
ATENTAMENTE
LIC. ISRAEL JUÁREZ.
CEL: 044 55 28 62 68 46
e-mail: israel-abogado ARROBA h o t m a i l . c o m
-
Autor





