Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 132039
  • Autor : nazario
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 277
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6732
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 246944

  • nazario
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Kokoduro;

    Aqui en mi pueblo el derecho a querellarse es de un año sabiendo los hechos y de tres NO sabiendo (puede ser similar en el edomex.

    sin embargo solo el consultante sabe que tiene, si demnda en la via civil de entrada puede no saber el contenido del contrato, pero al ofrecerlo como prueba el demandado, puede impugnar el mismo

    para ti solo soy nazario no me apenes.

    saludos