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AutorRespuesta No: 246415
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Noviembre de 2011 23:11 2011-11-26 23:11 desde IP: 187.194.35.110
Confirmo, entre el momento de la contrataciòn y la falta de cumplimiento del consuoltante al contrato que le une, puede haber y hay responsabilidad civil, aqui lo que se pretende, es que evada esa responsabilidad civil sin que tenga la carga del cumplimiento de daños y perjuicios, por ello lo recomendable es:
Demanda la situaciòn de despido injustificado ante la junta de conciliaciòn y arbitraje local, y en la audiencia conciliatoria, en lugar de pedir una liquidaciòn, pides que quede sin efeto el contrato de trabajo y se te leibere de cualquier obligaciòn que por el mismo hubieras contraido.
BACARLA, nos piden una soluciòn practica a un problema o asunto concreto, eso venimos a exponer en esta pagina. suerte en tus consultas.
Saludos a los Colegas participantes de esta Consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Kokoduro1 arroba h o t m a i l punto c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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