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  • Consulta : 131517
  • Autor : kokoduro1
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  • Autor
    Respuesta No: 246415

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Confirmo, entre el momento de la contrataciòn y la falta de cumplimiento del consuoltante al contrato que le une, puede haber y hay responsabilidad civil,  aqui lo que se pretende, es que evada esa responsabilidad civil sin que tenga  la carga del cumplimiento de daños y perjuicios, por ello lo recomendable es:

     

     

    Demanda la situaciòn de despido injustificado ante la junta de conciliaciòn y arbitraje local, y en la audiencia conciliatoria, en lugar de pedir una liquidaciòn, pides que quede sin efeto el contrato de trabajo y se  te leibere de cualquier obligaciòn que por el mismo hubieras contraido.

     BACARLA, nos piden una soluciòn practica a un problema o asunto concreto, eso venimos a  exponer en esta pagina. suerte en tus consultas.

    Saludos a los Colegas participantes de esta Consulta.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    ABOGADO

    Kokoduro1   arroba  h o t   m a i l   punto   c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.