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AutorRespuesta No: 246413
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Noviembre de 2011 22:39 2011-11-26 22:39 desde IP: 189.216.115.238
Pero, ¿cómo puede demandar un despido injustificado, si la situación no es un despido ni siquiera? Lo que yo creo que aplica, en favor del patrón es el siguiente artículo de la Ley Federal del Trabajo:
Artículo 135.- Queda prohibido a los trabajadores:
II. Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del patrón;y si ésta es una obligacion de "no hacer" del trabajador, y por su parte la Constitución en el siguiente artículo dice:
Artículo 5.-
El contrato de trabajo sólo obligará a prestar el servicio convenido por el tiempo que fije la ley, sin
poder exceder de un año en perjuicio del trabajador, y no podrá extenderse, en ningún caso, a la
renuncia, pérdida o menoscabo de cualquiera de los derechos políticos o civiles.
La falta de cumplimiento de dicho contrato, por lo que respecta al trabajador, sólo obligará a éste a la
correspondiente responsabilidad civil, sin que en ningún caso pueda hacerse coacción sobre su persona.¿No significa esto, que si puede haber una demanda por incumplimiento del contrato de trabajo?
Mi respuesta es desde cierto punto también de consulta y no pretendo resolver la duda de la persona que consulta, ya que yo soy estudiante de la carrera de Derecho, pero, ¿Puede explicar alguien la manera en que se podría dar la situación antes sugerida?
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