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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Noviembre de 2011 18:39 2011-11-26 18:39 desde IP: 201.139.157.145
Hola Sr. de Celaya, primeramente es de recordar que no es prudente tomar decisiones estando molesto, o alterado, y no es recomendable a mi parecer encarar a estas personas y de hecho evitar que personas de su familia o amigos repelan los insultos.
Si acudió a solicitar un consejo a un sitio de abogados, es que desea una respuesta en el sentido jurídico, aun que como vé, mi recomendación primera es de lógica y subsecuentemente, le recuerdo que la constitución federal en el artículo 17 prevé lo siguiente:
"Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar
su derecho.
Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para
impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta,
completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas
judiciales. ........" Particularmente le recomiendo presentarse ante el juez cívico y plantearle este problema, este juez ´tiene capacidad para conocer del asunto y darle solución, si considera que no se resuelve, puede acudir al agente del M.P. y formular denuncia de hechos y solicitar se les aperciba a estas personas de abstenerse de proferir improperios y solicitar una inspección ocular de los hechos en donde estos suceden, en tanto se resuelve la averiguación previa ó carpeta de investigación. Saludos.
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