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  • Consulta : 131509
  • Autor : lawman1
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  • lawman1
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Hola Sr. de Celaya, primeramente es de recordar que no es prudente tomar decisiones estando molesto, o alterado, y no es recomendable a mi parecer encarar a estas personas y de hecho evitar que personas de su familia o amigos repelan los insultos.

    Si acudió a solicitar un consejo a un sitio de abogados, es que desea una respuesta en el sentido jurídico, aun que como vé, mi recomendación primera es de lógica y subsecuentemente, le recuerdo que la constitución federal en el artículo 17 prevé lo siguiente:

            "Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar

    su derecho. 

    Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para

    impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta,

    completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas

    judiciales. ........"              Particularmente le recomiendo presentarse ante el juez cívico y plantearle este problema, este juez ´tiene capacidad para conocer del asunto y darle solución, si considera que no se resuelve, puede acudir al agente del M.P. y formular denuncia de hechos y solicitar se les aperciba a estas personas de abstenerse de proferir improperios y solicitar una inspección ocular de los hechos en donde estos suceden, en tanto se resuelve la averiguación previa ó carpeta de investigación.                          Saludos.