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Fecha de respuesta: Martes 22 de Noviembre de 2011 20:29 2011-11-22 20:29 desde IP: 201.141.78.75
Si se refiere a que presentó la demanda y aún no se dicta el auto admisorio, entonces pueden prevenirlo para que exhiba las copias correctas en un término de tres días con el aprecibimiento de desechar la demanda de no hacerlo. Si ya se admitió la demanda porque el el juzgado no se precataron se eso, es preferible desistirse de la instancia y volver a demandar ya que si se emplaza con esas copias defectuosas es fácil que le tiren su proceso aún después de sentencia.
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