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  • Consulta : 131150
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 246003

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    ¿Lo va a dar de alta en Hidalgo? ¿o lo va reemplacar en Hidalgo? son cosas distintas, si efectivamente su vehículo lo dio de baja en el D.F., y no lo ha circulado desde entonces, no se ha generado el impuesto desde el tiempo que lo dio de baja y lo dejó de circular. Pero si se refiera a lo segundo, es claro que debe pagar las tenencias anteriores aunque se derogue el impuesto el próximo año, ya que el impuesto de ejercicios anteriores ya se generó y debe pagarlo  más actualizaciones y recargos para poder darlo de alta en Hidalgo. Fundamento: la Ley Federal Sobre Tenencia o Uso de Vehículo Automotor.