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Fecha de respuesta: Martes 22 de Noviembre de 2011 11:04 2011-11-22 11:04 desde IP: 200.79.138.36
primero verifique que el inmueble se encuentre inscrito en el Registro Agrario Nacional, porque de ahi dependera el tipo de acto juridico que realizara, si no se encuentra inscrito entonces procede "LA CESION DE DERECHOS.
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