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  • Consulta : 130912
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 245680

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    soporte

    Cuenta usted con un termino de 15 dias habiles que comienzan a contar a partir de la fecha  en la que le fueron impuestas la multas, para interponer el RECURSO DE REVISION  que señalan los articulos 83, 85 y 86 de la Ley Federal de Procedimientos Administrativo, recurso que se interpone ante la misma PROFECO, en caso de que esta confirme las multas, debera interponer JUICIO DE NULIDAD ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal Administrativa, en ambos casos asistase de abogado de su confianza.

    Saludos.