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  • Consulta : 130894
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 245653

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Las deudas y títulos de crédito no se heredan a la esposa e hijos, la masa hereditaria debe responder también por la deudas, pero de ninguna manera, ni la esposa, ni lo hijos heredan las deudas, eso era en la edad media.

    Primero verifique que las personas que se presentaron a su domicilio efectivamente sean funcionarios del Poder Judicial y que la notificación provenga de un Juez.

    Conforme a la redacción que señala : .... dejarle una notificacion de  una demanda en el juzgado que ellos tenian que pagar los pagares (sic) del finado vendiendo o embargando la propiedad para rematarla y cobrarse. dice que la ley se lo permite, que dice que las deudas( pagares) se heredan a esposa e hijos  (sic) etc..

    Todo escrito que diga literalmente:  "que la Ley se los permite", "que las deudas se heredan a esposa e hijos"  "que vendiendo o embargando" no son otra cosa que un escrito de coyote o tinterillo queriendo sorprender para recuperar un "adeudo"

    Si le vuelven a molestar en su domicilio solicite que el actuario o ejecutor del juzgado se identifique, si no lo hace de inmediato llame a una patrulla y denúncie a esas personas por el posible delito de usurpación de funciones más lo que resulte.