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Fecha de respuesta: Sábado 19 de Noviembre de 2011 11:01 2011-11-19 11:01 desde IP: 189.134.2.66
Distuinguido Abogado
Conforme a los artículos 1 y 33 de nuestra Constitución, los extranjeros gozan de las mismas garantías que los mexicanos, por ello podría entenderse que los extranjeros tienen plena libertad para actuar en México;
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