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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Noviembre de 2011 18:30 2011-11-18 18:30 desde IP: 189.229.25.116
cuando se cambia de empleo o se ingresa a otro por causas que no viene al caso mencionar, lo que procede es presentar un escrito ante el juez que decreto el monto de la pension alimenticia solicitando se gire oficio a la nueva empresa en donde laboras, esto es posible, ahora tu puedes depositar en banco, o hacer consignaciones ante un juzgado por concepto de pension alimenticia pero ESTO NO TE EXHIME DE UN EMBARGO, lo que realmente tienes que hacer es contestar la demanda y defenderte, con lo que expones, por que solamente asi puedes de cierto modo disminuir el porcentaje de pension allimenticia, acuerdate que el embargo por pension alimenticia siempre va sobre el salario, y no abarca algunas prestaciones, lo cual si lo haces valer tambien reduce considereblemente el monto, esto aunado que ella trabaja, y demostrar que tu hijo ya no necesita seguir percibiendo este beneficio, ademas la posibilidad de que tu le puedas dar estudio va de acuerdo a las posibilidades de tu salario y a la mayoria de edad, pero tambien te recomiendo que no dejes de depositar por que podrias caer en una conducta tipificada como delito, en este caso el incumplimiento de obligaciones alimenticias y abandono segun el estado en que te encuentres. Muchas veces se demanda el divorcio para elimar la mayor parte del porcentaje del embargo.
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