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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Noviembre de 2011 17:27 2011-11-17 17:27 desde IP: 187.144.37.102
El divorcio se dar por el simple hecho de ser cierto el hecho que se respalda en la causal, sea cual esta fuere.
Se puede oporner la parte, por el solo hecho de negar la causal, pero en el procedimeinto, podran las partes exhibir sus cartas y cada uno demostrar su dicho.
Si la parte que reclama el pagpo de pensiòin, no tiene bienes, no tiene trabajo, esta en la tercera edad, ni la tonteria esa de 30 años de trabajo lo va a librar del pago de una pensiòn, que no necesariamente tendra que ser del 50%, pero si del 20%
Los mejores testigos, podran ser los hijos, si estos quieren participar, cposa poco comun.
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