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  • Consulta : 130797
  • Autor : mascaranegra
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  • Autor
    Respuesta No: 245532

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La mayoria de las instuituciones educativas  de educaciòn media superior, tienen asentado que sus pupilos no poodran ser sujetos de delitos patrimoniales y el solo hecho de que sean titulares de tal, los da de baja de su instituciòn,  ello en  prepas y colegios, tanto publicos como privados; pero, si esto no esta por escrito en el documento reglamentario respectivo y ante la sep, no lo hace candidato de  expulsion;  pero terminado el semestre, lo puede vetar para seguir  cursando en esa instituciòn.

    No importa que este al corriente en el pago de sus colegiaturas; el delito no distingue la bondad, solo la conducta, el hecho de que esten por darle el perdon no lo libera de la figura, si el ministyerio publico  desea seguir y el juez continuar,  el perdon no significa nada.