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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Noviembre de 2011 17:12 2011-11-17 17:12 desde IP: 187.144.37.102
La mayoria de las instuituciones educativas de educaciòn media superior, tienen asentado que sus pupilos no poodran ser sujetos de delitos patrimoniales y el solo hecho de que sean titulares de tal, los da de baja de su instituciòn, ello en prepas y colegios, tanto publicos como privados; pero, si esto no esta por escrito en el documento reglamentario respectivo y ante la sep, no lo hace candidato de expulsion; pero terminado el semestre, lo puede vetar para seguir cursando en esa instituciòn.
No importa que este al corriente en el pago de sus colegiaturas; el delito no distingue la bondad, solo la conducta, el hecho de que esten por darle el perdon no lo libera de la figura, si el ministyerio publico desea seguir y el juez continuar, el perdon no significa nada.
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