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  • Consulta : 130648
  • Autor : garovalo
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  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1... no puedes hacer  arrenamiento de una casa concedida por infonavit... ya que tu contrato señala que no puedes vender...ceder...donar... ´perutar... o rentar...sin el permiso del instituto...

    2...tu contratito... no tiene la fuerza para que tu entres y tomes posesión de lo que no es tuyo... mientras exiusta el contrato... el inmuenle es de el.. aun cuando este vencido el contrato...

    3... debes contratar un abogado... PAGARLE.. popr hacer  los tramites de un juicio de desahucio y lanzamiento del inmueble en forma judicial... esto es rapidisimo... de 3 meses a 3 años... dependiendo lo que se haga y como se defiendan...

    4...si te paga la renta... se renueva la relación ...pero no el contrato... deberas hacer juicio de terminación por ocupación de dicho inmueble...

    tu abogado especialista ... sabe que hacer...