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  • Consulta : 130568
  • Autor : ess1969
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  • ess1969
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Saludos Mascaranegra.

     

    Dudo que lo que mencionas sea procedente por varias razones:

     

    En primer lugar la consultante menciona que su esposo se cambió de trabajo y se fue a otra dependencia, por lo que señalar que se dio de baja para no pagar la pensión no es lógico. Incluso, ella sabe donde labora pues fue al lugar y le indicaron que mediante un abogado tramitara lo de los descuentos.

     

    Segundo, ¿Que ganaría con la denuncia ante el MP? que lo metan preso. Y de que le srve eso, lo que pasaría es que se quedaría sin fuente de empleo y como consecuencia sin recursos para cubrir la pensión.  

     

    En tercer lugar, como se lee de lo reseñado en la consulta él deudor no se ha negado al pago de la pensión sino que en su nuevo empleo desde la fecha en que entró no le habían cubierto su salario, por lo que se puede entender que carecía de recursos.

     

    En cuarto lugar. La pérdida de la pátria potestad con qué finalidad. Si como lo menciona la consultante es que su ex no estaba obteniendo recursos en su nuevo trabajo, además como se observa en ningún momento refiere que él se esté negando. Por lo que en esta situación y lo más sencillo es q