- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 130219
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 244809
-
Fecha de respuesta: Jueves 10 de Noviembre de 2011 21:48 2011-11-10 21:48 desde IP: 201.141.108.120
Un notificador o verificador de Profeco, carece de facultades para "condonar" multas, verifique que efectivamente sea una multa de Profeco ya que cuenta con 45 días hábiles para impugnarla mediante juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Adminsitrativa. No sea que la quiera sorprender algún usurpador de funciones. Comuníquese a Profeco y pregunte por la orden de verificación para saber si es real, de serlo busque a un abogado de su confianza que conozca el proceso adminsitrativo, no coyote, no tinterillo.
-
Autor





