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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Noviembre de 2011 14:06 2011-11-09 14:06 desde IP: 201.103.189.175
El procedimiento en las Juntas de Conciliación y Arbitraje es muy tardado y efectivamente como dice tu abogado, a veces hay que interponer amparos para que estas realicen su trabajo, pues siempre argumentaran que por la carga de trabajo no pueden cumplir dentro de los términos legales.
El artículo 17 Constitucional establece que toda persona tiene derecho a una justicia pronta y expedita y es en base a ello que tu abogado interpondría el amparo.
Confía en él, finalmente si tu ganas, el gana, si tu pierdes, el pierde.
Saludos.
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