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AutorRespuesta No: 244618
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Noviembre de 2011 12:27 2011-11-09 12:27 desde IP: 201.116.163.197
Jubilarte no, puedes optar por una pensión, sin necesidad de cubriri los requisitos de edad y tiempo de servicios, siempre y cuando el monto de lo acumulado en tu subcuenta de retiro, vaste para adquirir en alguna de las aseguradoras que trabajen con Pensionissste lo que se denomina en la ley como "Pensión Garantizada" y además cuentes con una cantidad superior en un 30%, esto una vez que se haya pagado el importe de la prima del Seguro de Sobrevivencia para tus familiares derechohabientes.
Así mismo, en caso de tener una mayor cantidad mayor acumulada en tu subcuenta de retiro, podrás retirarla en una o varias exhibiciones.
Todo esto se previene en el artículo 80 de la Ley del ISSSTE, acude al Departamento de Recursos Humanos de tu dependencia o directamente a las oficinas de PENSIONISSSTE en tu localidad.
Saludos.
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