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AutorRespuesta No: 244141
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Noviembre de 2011 19:00 2011-11-04 19:00 desde IP: 189.189.82.210
Efectivamente, es la vía correcta y lo que tendrás qué tramitar.
Para lo cual necesitarás forzosamente los servicios de un profesionista en Derecho, con cédula, abogado, especialista en materia civil/familiar, para que lleve a cabo estos dos juicios, el de reconocimiento de personalidad y el juicio sucesorio intestamentario.
Saludos. -
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