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AutorRespuesta No: 244151
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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Noviembre de 2011 19:25 2011-11-04 19:25 desde IP: 187.195.72.128
Lic. Cuaresmeño:
Si bien es cierto que no se conoce el contenido del contrato, el consultante ha referido que había un plazo forzoso de un año en el contrato y el pagar la renta únicamente por cuatro meses índica un incumplimiento del contrato.
El hecho de que no se establezca una pena convencional por incumplimiento, no lo exime de los daños y perjuicios que deba cubrir por el incumplimiento en que incurrió la arrendataria.
Lic. Mascaranegra:
Es cierto que existen defensores o pasantes de universidades que prestan sus servicios en forma gratuita, y que sea costeable o no el asunto es otro boleto, pero ya me imagino el tipo de abogado que lleva un juicio por un porcentaje sobre $8,400.00... será de aquellos que le cobran cualquier cantidad por hacer la demanda y en la vida lo vuelven a ver...
Sin embargo, le va a salir más caro el caldo que las albondigas, al demandar por algo que no procede, aunado a que los gastos y costas por un juicio improcedente correrán a cargo del actor.
Les envío un cordial saludo a ambos y la opinión antes vertida es de la suscrita, si ustedes pueden y quieren opinar para solucionar el problema del consultante de otra forma, lo celebro, pero si mi opinión no es de su agrado, me da mucha pena, pero esa es mi opinión al respecto y nada podrá cambiarla, como tampoco podré cambiar la de ustedes.
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