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Fecha de respuesta: Viernes 04 de Noviembre de 2011 19:03 2011-11-04 19:03 desde IP: 187.195.72.128
No le diga que requiere la desocupación del local, notifiquele judicialmente la terminación y requiera formalmente la entrega del mismo.
Esto lo puede hacer vía jurisdicción voluntaria que se tramite ante un Juez Civil de su Estado, para que un actuario judicial le notifique el plazo para la entrega del inmueble, en virtud de haber terminado la vigencia del contrato.
Asistase de Lic. en Derecho especialista en materia civil de su Entidad.
Saludos.
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