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  • Consulta : 129509
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 244046

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    que entiendes por copropietario?...

    mientras no hayan señalado por escrito...ante notario... y ante el registro publico... el monto de o fracción de la coporopiedd.. se entiende que lo es al 50%... y claro que no tienes derecho a reclamar en el sentido que lo haces... eso debiste hacer antes de comenzar a pagar... no cuando ya se va a resolver (terminar) la obligación ...

    que puedas demandar... si... que se resuelva a tu favor...no...