Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 129475
  • Autor : F430LEGAL
  • Consultas en Foro: 4
  • Respuestas en Foro: 510
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 243952

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En este tipo de consultas, es indispensable tener el contrato a la vista, para leerlo y determinar los alcances legales del mismo, por ejemplo si en el contrato de marras se estipulo que a cierta fecha,  el vendedor se comprometía a tener en su poder las escrituras y no las tiene, puedes demandar la rescisión ó el cumplimiento del contrato, pero en los acuerdos bilaterales, para demandar,  primero tienes que acreditaar que tu haz cumplido cabalmente con tu obligación. Son muchos factores, por lo que te recomiendo que le lleves el contrato a un abogado, él te dirá que se puede hacer.